Un NFT es el acrónimo en inglés de non-fungible token, son activos intangibles –sin existencia física– que circulan en el mercado digital y el pago se efectúa a través de alguna de las criptomonedas (moneda nativa digital). Los NFT no pueden ser replicados porque se crean utilizando contratos inteligentes (smart contracts) que son aplicaciones autoejecutables que no pueden ser modificadas una vez que han entrado en funcionamiento. Por otra parte, tampoco pueden ser falsificados porque la cadena de blogs (blockchain) en la que existen es de código abierto y visible al público, y en consecuencia cualquiera puede comprobar si un NFT proviene o no del contrato inteligente perteneciente a la persona que lo creó originalmente o si se trata de un contrato distinto realizado por algún impostor. Por último, tienen la particularidad de no ser intercambiables entre sí y pueden funcionar como prueba de autenticidad y propiedad dentro del mundo digital.
Son una forma de trasladar al mundo digital la autenticidad de las obras de arte del mundo analógico, como una suerte de certificado de propiedad intelectual aplicado a internet para evitar que la masiva difusión del contenido provoque que se pierda la autoría o su valor. Prácticamente todo es susceptible de comprarse o venderse con NFT, y el arte no es una excepción. De hecho, muchos artistas digitales, acostumbrados a que sus obras en internet se vendan a bajo precio o gratis, han visto en esta tecnología una buena forma de lucrarse más por su trabajo.
Un buen ejemplo lo encontramos Javier Arrés, uno de los pioneros del criptoarte en España, ganador de la Bienal de Arte de Londres en 2019 y primer español en vender tuits a través de los NFT, quien explicó como el paso al arte digital y los NFT le ha permitido multiplicar por 10 sus ganancias anuales. Sin embargo, debemos analizar los riesgos jurídicos que comporta. A este respecto, desde un punto de vista legal, la falta de regulación de la tokenización encuentra problemas en diversos ámbitos: en el ámbito tributario, en relación con los derechos de autor, derechos de imagen o la protección de datos . Sin embargo, son muchos los países que ya se están adaptando hacia estos modelos de mercados digitales para que se regule para todo tipo de activos.
En Espaa, es la Comisin Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quien tiene las facultades necesarias para regular la publicidad relacionada con la moneda digital que tambin podra aplicarse a los NFT. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que al adquirir un NFT no estamos comprando la misma obra, sino un certificado que nos ofrece el autor para asegurarnos de que tenemos algo “único e indivisible”, pero el valor puede cambiar de la noche a la mañana en caso de que se rompa esta confianza, sea porque el vendedor no es el autor original, porque el creador ha decidido cambiar los términos y hacer algún movimiento que disminuya la singularidad del token o, simplemente, porque el mercado ya no les encuentre útiles.